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ISES 7/2025 actuación ante tenencia o consumo de drogas en el interior de vehículos

ISES 7/2025 ACTUACIÓN ANTE TENENCIA O CONSUMO DE DROGAS EN EL INTERIOR DE VEHÍCULOS

La reciente publicación de la Instrucción de Seguridad Ciudadana (ISES) 7/2025 establece un marco común de actuación para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ante situaciones relacionadas con tenencia ilícita o consumo de drogas dentro de vehículos particulares que están estacionados y se utilizan exclusivamente como medio de transporte.

¿Qué regula la ISES 7/2025?

El objetivo principal de la ISES es evitar interpretaciones dispares ante un escenario cada vez más frecuente: el hallazgo de drogas en el interior de vehículos particulares parados. Esta nueva norma proporciona un criterio claro y común, de carácter permanente, que respeta la legalidad vigente, la jurisprudencia del Tribunal Supremo y Constitucional, y los principios de legalidad sancionadora.

Referencia legal clave: artículo 36.16 de la LO 4/2015

Esta ley considera infracción grave el consumo o tenencia de drogas en lugares públicos o transportes colectivos, pero no hace mención específica a vehículos particulares.

¿Se puede sancionar el consumo o tenencia de drogas dentro de un coche aparcado?

La ISES aclara que no es sancionable administrativamente cuando:

  • El vehículo es particular.

  • Está estacionado.

  • Se emplea únicamente como medio de transporte.

  • No hay indicios de tráfico de drogas.

Esto se debe a que el coche, en esta situación, goza de una expectativa razonable de privacidad, tal y como reconoce la jurisprudencia constitucional.

¿Qué ocurre si el vehículo está en marcha?

En esos casos, el escenario cambia y puede derivar en ilícitos penales, como:

  • Delito contra la salud pública, si se detecta tráfico de sustancias.

  • Delito contra la seguridad vial, si el conductor circula bajo los efectos de las drogas.

Jurisprudencia que respalda el criterio

  • El Tribunal Supremo ha señalado que el vehículo tiene carácter de espacio íntimo.

  • El Tribunal Constitucional establece que el derecho a la intimidad se protege cuando existe una expectativa razonable de privacidad, como es el caso del interior de un coche parado.

Límites claros para garantizar derechos y legalidad

La ISES 7/2025 supone un avance en la seguridad jurídica de las actuaciones policiales, clarificando cuándo se puede intervenir ante el consumo o tenencia de drogas en vehículos y evitando excesos en la interpretación de la normativa sancionadora.

Este criterio no solo unifica la actuación de las FCSE, sino que respeta el derecho a la intimidad y al principio de legalidad en materia administrativa y penal.

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